El Gobierno ha acordado remitir a las Cortes el Proyecto de Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual y ha solicitado su tramitación parlamentaria siguiendo el procedimiento de urgencia.
Se trata de una norma cuyos objetivos son: el impulso y fomento de la producción, distribución y exhibición de obras audiovisuales, establecimiento de condiciones que favorezcan su creación y promoción, así como la protección y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual español. Se pretende también garantizar la defensa de la competencia en el mercado audiovisual, la transparencia de la información sobre asistencia y visionados de las obras audiovisuales, el adecuado ejercicio de los derechos de propiedad intelectual por parte de sus titulares y la protección del patrimonio cinematográfico y audiovisual
Producción independiente y apoyo en todas las fases
En su texto se mantiene la definición de “productor independiente” de la anterior Ley de Cine y de forma general se subraya la necesidad de ayudas públicas en todas las fases de creación y promoción de un proyecto (escritura, desarrollo, pre-producción, distribución…), así como la exhibición, internacionalización y organización de festivales.
De manera novedosa el Fondo de Protección a la Cinematografía y al Audiovisual reservará siempre un porcentaje significativo de su dotación exclusivo para la actividad cinematográfica, aunque incluya otras formas audiovisuales, como series.
Diversidad, igualdad y accesibilidad
El fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas oficiales distintas del castellano se amplía a las lenguas reconocidas estatutariamente por las CC.AA. Para el reconocimiento de la nacionalidad española se incluyen no solo las lenguas oficiales, sino también por primera vez, estas lenguas, así como las lenguas de signos españolas reconocidas legalmente. Se incluye, adicionalmente, como requisito para obtener la nacionalidad, el respeto a la jurisdicción y a la legislación española en materia de propiedad intelectual. En relación con las ayudas a exhibidores, todas las salas de cine podrán acceder a las ayudas, aunque se reservará una especial atención a las salas independientes o de núcleos rurales.
El Proyecto busca conseguir una igualdad real entre mujeres y hombres, a través de reservas específicas en las dotaciones de las diferentes ayudas.
En cuanto a la cuota de pantalla que los exhibidores debían reservar al cine nacional y europeo: pasa de un 25% a un 20%, e incluye cine latinoamericano y cine dirigido por mujeres.
La norma también protege a los colectivos con dificultades de acceso por discapacidad, siendo requisito para acceder a las ayudas de largometrajes y distribución la incorporación de sistemas de accesibilidad, así como la reserva de una cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad en aquellas empresas beneficiarias de dichas ayudas.
Protección del patrimonio audiovisual
El Proyecto modifica la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español para incluir expresamente el Patrimonio Audiovisual y Cinematográfico como integrante del Patrimonio Histórico Español, califica a la Filmoteca Española como Bien de Interés Cultural (BIC) y contempla la creación de ayudas específicas para la conservación del patrimonio audiovisual.
Creación del Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura audiovisual
Se recoge la creación del Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura audiovisual en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma. Este Consejo estará compuesto por representantes de asociaciones y organizaciones de los sectores, de la administración estatal, autonómica y local, y vocales de reconocido prestigio, abordará, entre otras, cuestiones de políticas públicas, alfabetización audiovisual o patrimonio.
Finalmente y otra de las novedades de la norma, se incluye la declaración por parte de las prestadoras del servicio de comunicación audiovisual (plataformas) de los datos de visionado de obras audiovisuales, al igual que hacen las salas de exhibición. En este sentido será la posterior regulación reglamentaria la que determine el ámbito temporal, geográfico y de volumen de negocio para aportar los datos de visionados, y que se llevará a cabo a través de una comisión en la que participará, junto con el ICAA, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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