Entre las exigencias de transparencia y eficacia en la acción pública que introdujo la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, destacan por su relevancia la elaboración por el Gobierno del Plan Anual Normativo y del Informe Anual de Evaluación Normativa. Con estos instrumentos se pretende facilitar a los operadores sociales y económicos un conocimiento previo de los cambios regulatorios (control ex ante), permitiendo un adecuado seguimiento de la efectividad de la nueva regulación (control ex post).
Para los operadores sociales y económicos se trata de una información valiosa, en la medida que les permite anticipar los efectos de los cambios regulatorios, adaptando con más facilidad sus actividades o intereses a la nueva realidad jurídica, a la vez que pueden participar activamente en los procesos de elaboración normativa, tanto si se trata de iniciativas legislativas –a través de la interactuación con los grupos parlamentarios– como de procedimientos de elaboración de normas reglamentarias (Reales Decretos) presentando sus sugerencias o alegaciones en los diferentes trámites (consulta pública previa sobre la necesidad, oportunidad, objetivos y posibles soluciones de la norma genéricamente proyectada; trámite de audiencia e información pública sobre un texto concreto del proyecto normativo).
Pues bien, el pasado 31 de enero, el Consejo de Ministro aprobó el Plan Anual Normativo para 2023, que contempla 117 iniciativas normativas, entre ellas, 3 leyes orgánicas, 33 leyes ordinarias y 81 reales decretos. Difícilmente podrá darse el caso de que un sector económico o actividad empresarial no resulte afectada por alguna de las normas proyectadas, siquiera por el carácter transversal de algunas de ellas, por lo que resulta muy aconsejable realizar un análisis prospectivo. El texto completo del PAN puede consultarse aquí.
Téngase en cuenta que el Plan normativo al que nos referimos es el elaborado por el Gobierno de la Nación, de manera que a las iniciativas que en el mismo se contemplan deben sumarse las que pondrán en marcha CCAA y Ayuntamientos, algunos de los cuales también aprueban instrumentos similares, con algunos matices. Así, por ejemplo, en la Comunidad Madrid desde 2021 (vid. Decreto 52/2021, de 24 de marzo) el plan normativo tiene carácter plurianual. Aquí puede consultarse el Plan plurianual para la XII Legislatura, aprobado el 10 de noviembre de 2021. Por su parte, el último plan aprobado por el Ayuntamiento de Madrid es el relativo a 2022 (Acuerdo de Junta de Gobierno de 2 de diciembre de 2022).
De forma similar a como algunas aplicaciones de geolocalización permiten superponer diferentes capas, la superposición de planes normativos configura una tupida red regulatoria que intensifica exponencialmente la intervención, el control y el ámbito sancionador y que, en ocasiones, puede llegar a asfixiar a los administrados. En los últimos años la producción normativa ha crecido exponencialmente hasta cotas desconocidas. Así, desde CEOE se ha destacado el curioso pero ilustrativo dato de que en 2021 los boletines oficiales acumularon un total de 1.088.249 páginas, un 10% más que la media anual y el más alto de los últimos 10 años. En el ámbito estatal se aprobaron 851 normas –62 más que el año anterior, consolidando una tendencia al alza por quinto año consecutivo–. Las CCAA crecieron casi un 5%, produciendo un total de 348 normas que, aun cuando comparativamente con el Estado pueda no parecer mucho, sólo en lo que a normas con rango de ley se refiere la producción fue cinco veces superior. A estos datos deberían añadirse los actos normativos de la UE, los emanados de las más de 8000 administraciones locales, así como otros actos normativos diferentes los señalados (órdenes ministeriales, decretos, etc).
El conjunto de estos datos genera una indudable inquietud e invita a una doble reflexión: desde el lado de los poderes públicos, en cuanto centros de producción normativa, sobre la justificación y necesidad de la hiper-regulación actual y su impacto jurídico –inseguridad– y económico –algunos analistas cifraban el coste de la fragmentación del mercado y las trabas burocráticas a ello asociadas en unos 45.000 millones de euros–; desde el lado de los ciudadanos, las empresas y las organizaciones la necesidad de conocer y, sobre todo la conveniencia de intervenir en los procesos de creación normativa ya que nadie como ellos, destinatarios finales de las normas, conoce en cada sector económico o actividad el alcance de los problemas a los que se enfrentan, las disfunciones normativas que se deben solventar, las dificultades para implantar soluciones eficaces y plausibles.
El Ordenamiento jurídico ofrece a los particulares cauces e instrumentos para participar en la promoción normativa, particularmente en el ámbito reglamentario administrativo en el que se produce la regulación más amplia e intensa. El Plan Anual Normativo que acaba de aprobar el Consejo de Ministros, y los que aprueban el resto de gobiernos autonómicos y locales, marcan un primer nivel de actuación prospectiva, que podrá implementarse posteriormente mediante actuaciones concretas en el curso de cada tipo de procedimiento.
En el área de derecho público, administrativo y regulación de SANTIAGO MEDIANO ABOGADOS elaboramos y ejecutamos planes de actuación normativa ajustados a las necesidades de nuestros Clientes, anticipándonos a las actuaciones del poder público, tratando de promover una regulación justa y equilibrada que contemple adecuadamente sus preocupaciones e intereses. Para más información no dude en contactarnos.
José Ignacio Juárez Chicote | Derecho público y administrativo
Miguel Ángel Trillo-Figueroa Ávila | Derecho público y administrativo
Recent comments