ALERTA

RYANAIR CONTRA PR AVIATION POR USO INDEBIDO DE SUS BASES DE DATOS

 

El caso de Ryanair contra PR Aviation

PR Aviation ofrecía un servicio online de búsquedas y reservas de vuelos low cost, cuyos datos se obtenían de la base de datos de Ryanair, también accesible online para los consumidores y sujeta a unas condiciones generales de uso.

Ryanair consideró que  PR Aviation había vulnerado sus derechos de propiedad intelectual, y la demandó en Holanda alegando la infracción de la Directiva 96/9/CE sobre protección jurídica de las bases de datos y de la ley holandesa.
En su demanda, Ryanair también se refería a la infracción por PR Aviation de las condiciones generales de uso de su página web. Entre otras cosas, las condiciones generales de la página de Ryanair prohibían a los usuarios (como PR Aviation) usar los datos de su base con fines comerciales, cuya extracción automatizada -esto es, mediante software- quedaba, además, expresamente prohibida.
Lo que dice el TJUE en la sentencia.
  1. Las «Bases de datos» son las recopilaciones de obras, de datos o de otros elementos independientes dispuestos de manera sistemática o metódica y accesible individualmente por medios electrónicos o de otra forma.
  2. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ratificado que las bases de datos están protegidas por la propiedad intelectual de dos maneras:
a) Como obras de creación , mediante la protección de los derechos de autor.
b) Con una protección «sui generis» (más restringida)*.
De acuerdo con la Directiva Europea, los usuarios legítimos de una base de datos  protegida pueden hacer ciertos usos, como la reutilización de partes no sustanciales de su contenido.
 
Por ejemplo: si estuviéramos suscritos a una base de datos que ofreciera información sobre características y precios de hoteles en el mundo, podríamos extraer y reutilizar los datos de esa base sobre un hotel determinado, para colgarlos en un blog.
Sin embargo, los usuarios de una base de datos que no esté protegida por los derechos de autor ni por el derecho sui generis no tienen esos derechos de uso.
Nota: Aunque una base de datos no esté protegida por la propiedad intelectual, su dueño puede limitar su utilización de manera contractual.

 

Siguiendo el ejemplo anterior, en caso de que la base de datos sobre hoteles no fuera protegible como obra, ni como objeto de un derecho «sui generis«, su propietario puede perfectamente establecer en los términos y condiciones de uso de la página web que los datos sobre hoteles que ofrece no puedan utilizarse con fines comerciales, y podrá perseguir a aquellos que lo hagan.

 

Por último, merece reseñarse que en esta sentencia el TJUE reitera que una directiva europea, no puede, por sí sola, crear obligaciones a cargo de un particular y, por tanto, no puede invocarse de manera directa contra dicha persona, tal como pretendió hacer Ryanair.

 

No obstante, matiza el TJUE, los tribunales nacionales deberán interpretar el Derecho interno a la luz de la letra y de la finalidad de la directiva de que se trate, en la medida de lo posible.

 

(*) La  forma de protección por los derechos de autor es aplicable a las bases de datos que por la selección o la disposición de su contenido constituyen una creación intelectual de su autor. La segunda forma, consiste en la protección mediante un derecho sui generis y es aplicable a las bases de datos en las que la obtención, verificación o presentación del contenido representen una inversión sustancial desde el punto de vista cuantitativo o cualitativo. Por ejemplo, una base de datos protegible por derechos de autor podría ser aquella que recopilase información, imágenes, de la pintura española en el siglo XIX; y una protegible por el derecho sui generis podría ser una guía de teléfonos.

 

Desde el área de Enforcement de Santiago Mediano Abogados nos encargamos de velar por la protección de activos inmateriales, planeando y adoptando estrategias y medidas que garanticen su efectividad, antes incluso del ejercicio de acciones judiciales.