El pasado 15 de abril el Consejo de la Unión Europea aprobó por mayoría cualificada la Directiva sobre los Derechos de Autor y Derechos Afines en el Mercado Único Digital (en adelante, la “ Directiva ), por lo que la publicación de la versión definitiva se prevé inminente.
Como informamos en nuestra anterior noticia, la Directiva introduce un amplio abanico de novedades cuyos efectos se desplegarán sobre diversos actores, por ejemplo, plataformas y agregadores de contenido. No obstante, exponemos brevemente los aspectos que consideramos más reseñables:
1. La Directiva otorga a editoriales de prensa establecidas en un Estado Miembro los derechos de reproducción y puesta a disposición para el uso en internet de sus publicaciones, con la salvedad de tres supuestos: (i) la utilización de hipervínculos que redirigen a los contenidos; (ii) de palabras individuales o fragmentos de la publicación; y (iii) uso privado de particulares.
2. La Directiva considera que la actividad de los prestadores, en lo que respecta al empleo de contenidos subidos por los usuarios, constituye un acto de comunicación al público en la modalidad de puesta a disposición . Por ello, establece la responsabilidad de los prestadores de obtener autorización de los titulares en caso de utilizar contenidos subidos por los usuarios.
3. A fin de mantener una transparencia en la gestión realizada por las entidades de gestión colectiva, la Directiva establece la obligación de que estas proporcionen periódicamente, y, por lo menos una vez al año, información actualizada, pertinente y exhaustiva, sobre la explotación efectiva; destacando, la totalidad de ingresos generados.
4. La Directiva dispone que, cuando un autor haya cedido o concedido una licencia a una editorial, los editores podrán beneficiarse de una participación sobre las compensaciones que obtengan los autores debido a una excepción o limite , sin perjuicio de los arreglos existente o futuros que tengan dichos Estados miembros relativos a los derechos de préstamo al público.
Entre otras cuestiones que plantea la Directiva, seguiremos atentos a la publicación definitiva del texto, y a los temas que más pueden preocupar a todos los involucrados a fin de encontrar las soluciones más eficientes y a su aplicación.
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Desde el área de Enforcement y Competencia quedamos a vuestra disposición para aclarar o ampliar cualquier cuestión particular que pudierais tener en este sentido.
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