ALERTA

¿LAS POSTURAS DE YOGA PODRÍAN SER PROTEGIBLES POR LA PROPIEDAD INTELECTUAL?

Bikram Choudhury es conocido mundialmente como el creador del método y/o disciplina de yoga Bikram Yoga. Esta práctica consiste en una secuencia de 26 posturas que, combinados con determinados ejercicios de respiración, y una temperatura de 40‐42 grados centígrados, provocan el mejoramiento y mantenimiento de los órganos internos y músculos del cuerpo.

Recientemente Bikram Choudhury y el Colegio de Yoga Bikram de la India, con el ánimo de impedir que otros estudios de yoga ofrezcan su método, han iniciado un conjunto de acciones legales contra reconocidos estudios de yoga en Estados Unidos. Uno de estos estudios ha sido Evolation Yoga, el cual ha sido demandado por infringir los derechos de propiedad intelectual de los demandantes sobre la “secuencia Bikram ”y otros derechos relacionados, como la infracción de sus derechos marcarios o el incumplimiento contractual, dada la relación profesor‐alumno entre éstos.

El tribunal de California ha desestimado las alegaciones de los demandantes al considerar que, si bien los libros o fotografías que representan una secuencia de ejercicios pueden ser protegidos por el sistema de derechos de autor, la autoría no se extiende a la selección de los ejercicios propiamente dichos, representados en dichos libros o fotografías. El tribunal estimó que, aún y cuando la “secuencia Bikram” pueda ser considerada como un sistema funcional que promueve beneficios físicos y mentales, las posturas de yoga no pueden ser protegidas por el sistema de derechos de autor.

Los demandantes han apelado la decisión del tribunal alegando que, aunque las posturas individuales no sean protegibles per se por derechos de autor, el gurú está tratando de proteger su visión creativa en dicha secuencia específica de 26 posturas; por tanto, estas formas de expresión física deberían ser protegidas como una obra coreográfica o, al menos, ser susceptibles de protección contra la copia literal.

Un asunto como el planteado puede encontrar defensores que se avengan a un posicionamiento u otro, esto es, considerar que la “secuencia Bikram”, o cualquier otra, puedan ser protegibles o no, por el sistema de derechos de propiedad intelectual. Ello puesto que si bien las ásanas del yoga son el resultado de un conjunto de conocimientos muy antiguos que forman parte de la sabiduría popular, siendo debatible que puedan ser originales, ello no obsta a que una secuencia determinada de estas posturas pueda reflejar la impronta de la personalidad de su creador, o, incluso, como si de una obra coreográfica se tratase, y por tanto fuera protegible por los derechos de autor.

En cualquier caso el tribunal de apelación de momento no se ha pronunciado sobre este asunto, que mantiene expectantes a las comunidades de yoguis en todo el mundo.

Desde el área de Enforcement de Santiago Mediano Abogados nos encargamos de velar por la protección de activos inmateriales, planeando y adoptando estrategias y medidas que garanticen su efectividad, antes incluso del ejercicio de acciones judiciales.

Para obtener más información pueden ponerse en contacto con nosotros.

Confiando en la utilidad de la información enviada, enviamos un muy cordial saludo.